lunes, 5 de diciembre de 2011

El Drama de la Inseguridad vial argentina. Derecho a transitar

EL DRAMA DE LA INSEGURIDAD VIAL ARGENTINA. DERECHO A TRANSITAR.

Néstor Osvaldo Losa*

“Pensar es olvidar diferencias, es

generalizar, abstraer” Jorge Luis Borges

La problemática del tránsito y la seguridad vial en cualquier país, es un tema interdisciplinario complejo que no se reduce a simples campañas circunstanciales que expongan dureza en sanciones o busquen promover apresuradamente el transporte público desalentando al individual, tampoco debe sintetizarse en combatir dos faltas como emblema de los siniestros en la vía pública como acontece mediáticamente con el exceso de velocidad o el alcoholismo que, si bien son indudablemente infracciones graves, muchas otras conforman el escenario de la fatalidad en nuestro tránsito sin ser combatidas y hasta pueden ser más graves que ellas o sumatoriamente de mayor injerencia en esta temática, como intentaré describir.

Son muchas las muertes y secuelas físico-psíquicas que se detectan cada año en nuestro país, es un drama y no podemos acotar a dos ilícitos contravencionales la compleja situación que padecemos los argentinos. Me animaría a suscribir que en 2011 cuando faltan 50 días para terminar el año desde el momento que culmino estas líneas, el número de muertes y lesiones serias ha aumentado con relación a los dos años anteriores y, esto demuestra que las políticas públicas tendientes a mejorar lo vial en lo integral, continúan siendo erróneas y algunas nuevas instituciones demuestran fracaso aunque se las muestren como adalides de la seguridad del tráfico vehicular.

Así, en este contexto, consideramos modestamente, que la culpa o responsabilidad de los siniestros, es compartida por conductores, peatones y fundamentalmente, por el Estado Nacional, los provinciales y quizás, en menor medida, por los municipios pues muchos de ellos han elaborado políticas públicas o ejercido la jurisdicción con eficacia y no podemos colocarlos en la misma “bolsa”. Sin perjuicio de ello, en síntesis, los gobiernos cuentan con herramientas para atemperar daños derivados de la victimología y no las emplean o lo hacen de manera deficiente, todo lo cual se traduce en un hecho objetivo. Y así, en este razonamiento, comparto lo que expresara Marcos Aguinis en un resumido trabajo de reflexión que tituló “Dos hemorragias que pueden frenarse” y que en su inicio dice: “Las muertes originadas por accidentes viales y ferroviarios pueden ser evitadas en su gran mayoría. Pero pareciera que fuese más divertido hablar y lamentarse que imponer la solución”. (1)

Quizás sea preciso ir gradualmente distinguiendo facetas parciales de la conflictividad del mapa de siniestros de tránsito, para apreciar la factibilidad de lograr soluciones en cada ítem. La ley Nacional que regula el tránsito nº 24.449 está próxima a cumplir 17 años y se dictó para una realidad que no es la actual pese a correcciones mínimas que operan como parches apresurados. No se agotará este temario, solo se tratarán algunos aspectos del problema de la inseguridad vial y quizás muy sintéticamente. Comenzaremos por la problemática que, a mi juicio, se destaca por su incidencia notoria de los más graves siniestros y sus efectos:

CAMIONES: su incidencia en los siniestros con víctimas fatales o lesiones de índole diversa.

Quienes observan distintas estadísticas, podrán anotar cifras espeluznantes que cuentan como protagonistas activos a conductores de camiones y transportes colectivos de personas: más del 35% y en aumento de los siniestros graves, tienen a los mismos como actores. Los rodados de alto porte son elementos de riesgo permanente y superiores a los automóviles que también constituyen elementos de riesgo en sí mismos como los perfila la jurisprudencia de nuestros tribunales por unanimidad.

Abordaré algunos aspectos que deben remarcarse en este rubro.

Antigüedad del parque automotor. Se observa un importante número de camiones de vieja data que se siguen empleando hasta por empresas de significativa capacidad económica. Su escasa velocidad y aceleración en supuestos que indiquen imprimir mayor reacción con relación a los más modernos, no deja de ser un serio inconveniente en rutas comunes de dos manos porque el sobrepaso es permanente sobre ellos y cuando sobrepasan a los rodados que transitan más lentos, la demora en ese paso es dificultosa. Por otra parte, sus frenos y mecanismos de dirección en general, sus mecanismos lumínicos deficientes, no están de acuerdo con la realidad, tornándolos su vejez más peligrosos. Cuando transitan trasportando grandes contenedores o acoplado todo es más riesgoso para las contingencias habituales de circulación. Debería actuarse como política de Estado para que se promueva la renovación de rodados o se controle con más rigor el parque actual de los mismos. Esto evitará hechos luctuosos.

Utilización de rutas. Es lamentablemente y con consecuencias graves para terceros, observar cómo se comportan los camioneros en las rutas de 2 vías. Entre otras faltas advertidas o conductas criticables por el efecto de peligrosidad, está la de circular los camiones en convoy con escasos metros -1 o 2 o 3- entre cada uno de ellos. Esa cercanía que representa la caravana de camiones, es de riesgo entre los que componen la hilera, pero es extremadamente peligroso para vehículos comunes que para sobrepasarlos tienen que contar con mucho margen pues ese “tren” que forman no posibilita el hueco idóneo para ubicar el automóvil después del sobrepaso. Podemos preguntarnos sobre esta más que frecuente actitud: saben los que conducen los riesgos qué generan? Y si se los detuviera y juzgara, no existiría en caso de siniestro con víctimas un dolo eventual?. Por otra parte, muchos conductores solo pueden advertir la existencia de la fatídica caravana cuando comienzan el sobrepaso y esto a veces es fatal por la velocidad imprimida y el escaso espacio para una reacción que permita evitar la colisión. Se aprecia mucha irresponsabilidad e impericia en los camioneros y en choferes de transporte de pasajeros en su forma de conducir que dista mucho de la que se advertía 25 años atrás.

Fines de semanas. Excepcionalmente se prohíbe en nuestro país el uso de rutas para los camiones-excepto de mercaderías perecederas- en fines de semana. En particular se lo hace para semana santa, fiestas navideñas o fin de año. Sin embargo, en el derecho comparado, esta actitud de política de prevención, se utiliza todos los fines de semana y no encontramos respuesta válida para que no sea imperativa la veda de camiones en rutas todos los fines de semana, sin excepción. Se trata de una actitud normativa idónea que sin dudas, podrá evitar siniestros en los que generalmente están involucrados los camiones y que por razones obvias, hacen más grave el resultado del hecho causal que se resume en delito vial o cuasidelito. El riesgo en que colocan al mayor número de usuarios en días viernes, sábados y domingos, es muy fuerte y amerita ir creando la costumbre de evitar esos viajes por camiones en los días mencionados. Es público y notorio en cualquier estadística, que un alto porcentaje de siniestros tiene a camiones como partícipes y en cada supuesto las consecuencias son más gravosas. Esta medida de prohibición-excepción de mercaderías perecederas-, sería apropiada y es muy poco fomentada por la organizaciones especializadas en seguridad vial o por expertos en la materia.

Siniestros. Si buscamos en las estadísticas podemos observar que la gravedad en cuanto victimología y sus secuelas, tiene siempre a un camión, como ya expresé, entre los automotores siniestrados. En número y calidad del siniestro podemos encontrar siempre a camiones y en 2do. lugar a autobuses. Tal vez el control de alcohol en sangre o la medición del cansancio en choferes, deba hacerse permanentemente y no circunstancialmente como se realiza con choferes de ómnibus de larga distancia que solo son examinados con fines mediáticos los fines de semana largos y en Retiro como si fuera la única terminal del país. Es obvio que la inspección en Retiro es necesaria, siempre, pero no se agota en ella la prevención. Aquel personaje del camionero bonachón y gaucho en los caminos de otrora, ya no existe, estamos en presencia de un cambio social que ha producido una mutación de valores. Hoy se accede a un camión con menos recaudos y muchos de los que conducen lo hacen con idea de obtener otro empleo rápido. El vehículo automotor es un riesgo en sí mismo como lo ha tipificado nuestra Jurisprudencia. Si el porte del automotor es trascendente y sus choferes carecen de idónea capacitación o de la educación mínima esencial, ese riesgo se potencia. Las autoridades deben estar más atentas y presentes en estos supuestos. En el desarrollo de este trabajo se han producido en rutas (abordaré este tópico en el subtítulo siguiente) al menos tres fatales siniestros que me han conmovido y también a la comunidad: 1) en la provincia de Sal Luis a 40km. De su capital. Un tren de carga arrolló a un ómnibus escolar de un establecimiento religioso. Fallecieron al menos ocho personas, 6 de ellas menores de 10 y 11 años. La causa aparentemente fue impericia grave del conductor del vehículo colectivo escolar. La señalización y visibilidad era positiva y el tren avanzaba a 26km. Por hora aproximadamente y arrastro al automotor más de 200 metros. 2) La otra tragedia tuvo como protagonista a un camión que embistió en la ruta nacional 7-muy descuidada en esa zona según aseveran testigos) en cercanías de Chacabuco en la provincia de Buenos Aires, a una combi que transportaba niños que había concurrido a la cancha de Racing en Avellaneda y retornaban a su ciudad de origen. Fallecieron 5 chicos de entre 6 y 8 años y 3 adultos. En ambas tragedias ha quedado como saldo un número preocupante de heridos de gravedad con amputaciones entre otras secuelas luctuosas. 3) Choque entre dos camiones en la ruta nacional 9-4-11-2011- a la altura de San Nicolás cuyo resultado humano se resume en dos muertos. Iban en igual sentido de circulación. En estos tres casos ocurridos en el término de 36 horas, no hubo ni alcoholismo ni tampoco exceso de velocidad y el número de muertos y heridos es tristemente elevado. Podemos recordar el fatal siniestro de Flores en Buenos Aires, que también dejó muertos cuando un colectivo con pasajeros cruzaba las vías del ferrocarril Sarmiento (el chofer falleció) y no continúo pues en Octubre de 2011 y lo que va de Noviembre (hoy 16-11-2011 un título de avance del diario Infobae expresa: “Seis accidentes con camiones en un solo día”, y es la hora 13…) cuando me encuentro terminando este trabajo, los hechos gravísimos de siniestros diarios, superan ampliamente lo que estadísticamente lleva como balance negativo la inseguridad vial y las listas de muertes o lesiones graves en este año. Anomia boba en la clásica definición de Carlos Nino en su obra “Un país al margen de la ley”, imprudencia, educación insuficiente, mínima responsabilidad de quien conduce y deficiencia severa en quienes eligen choferes y controlan a los que manejan vehículos colectivos o camiones de empresas. Este cuadro dantesco tiene que atemperarse con políticas públicas realistas y permanentes y no meras campañas coyunturales o el buscar penas más severas. El cabal cumplimiento de la legislación vigente y controles oportunos y serios, son los remedios principales que deben propiciarse.

Estos hechos tristes y evitables trascienden mediáticamente por el número de víctimas, mas otros no aparecen en diarios y televisión por tratarse del día a día en la siniestralidad o que reciben mínimo espacio en periódicos y nada de seguimiento posterior a la noticia. Esto también es preocupante aunque no trascienda.

Rutas. En gran medida gran culpa de estos factores negativos de la seguridad vial y de la circulación normal en los caminos, se debe a la falta de vías apropiadas, carencia de autopistas con relación al mapa de nuestro gran territorio. El rápido deterioro del asfalto visible en gran cantidad de rutas, está relacionado al vehículo camión y en parte a la mala calidad de los pisos que se construyeron sin ameritar los pesos y cantidad de los que ruedan. Este es un elemento que propicia siniestralidad como es público y notorio. Falta política pública adecuada y seria que fortifique el sistema ferroviario insuficiente y vetusto para la inmensa extensión geográfica que poseemos. Capitales chinos estarían avanzando en conversaciones con el Gobierno Nacional con el objeto de rehabilitar el Ferrocarril Belgrano Cargas como puede apreciarse en una columna del diario El País de España del 11 de noviembre de 2011 titulado “China revive la economía argentina”). La política pública de la que carecemos, debe promover activamente el mejoramiento y ampliación de los caminos, la señalización positiva, las velocidades precisas y racionales no con propósitos recaudatorios sino con criterio de los tiempos que vivimos. Construir nuevos caminos en cantidad suficiente, mejorar los actuales, buscar rutas alternativas para propiciar que los camiones y micros transiten, en lo posible por vías diferentes a la de los automotores de menor porte. La ruta nacional 6 (la ruta provincial bonaerense nº41 está también en estado calamitoso)es el ejemplo pobrísimo de una política pública negativa en materia de tránsito y seguridad vial. La demora en su realización fue inmensa, su duración en condiciones adecuadas fue escasa en tiempo y hoy es casi intransitable en muchos de sus tramos. Esto además genera posibles delitos en su trayecto como está sucediendo. El irrisorio plano terrritorial de trenes con el que escasamente cuenta nuestro país, promueve el transporte comercial e industrial por camiones con largos recorridos. Esto no es lógico. La República Argentina cuenta con 1591 kilómetros de autopistas y, según los datos que brinda el Instituto del Transporte del Centro Argentino de Ingenieros. Esta institución considera que debería contarse en el presente al menos con 2000 kilómetros más. Existen peajes de alto costo privatizados pero no se observan inversiones que amplíen las autopistas o rutas o mejoren el estado de las existentes: el mantenimiento vial es nulo. Entendemos que todos o muchos de esos peajes deberían eliminarse y el Estado asumir nuevos compromisos por vía directa o tercerizar con nuevas empresas y diferentes pautas contractuales, pero no insistir con lo que hoy es realidad de inoperancia. Dentro de las medidas que aprobó el gobierno de Italia para palear la crisis que posibilitó la salida de Berlusconi del poder, se ha ordenado conceder incentivos para el desarrollo vial y así alentar la construcción de nuevas autopistas y rutas, que reimpulsen la alicaída economía italiana. Se darán beneficios impositivos a las compañías que remocen la infraestructura vial. Esta es una medida que amerita su análisis para nuestra realidad caminera.

Señalización. En todo lo atinente al tráfico vehicular, es trascendente y esencial contar con una clara y precisa señalización. Cuando mencionamos ambos términos, estamos promoviendo que no se trate de un mero formulismo o un cumplir con pautas mínimas, estamos propiciando que se mejore el tamaño, letra, lugar de cada señal y que ella sea percibida con nitidez por personas que conducen a determinada velocidad que es mayor que la utilizada en calles de ciudad, cuando estamos tratando la señalización en rutas y autopistas y, en estas líneas estoy priorizando esas alternativas de viaje. Que la señalización esté resguardada de potenciales daños intencionales o no, tan frecuentes en nuestro universo nacional y que se piense en los distintos factores climáticos para que la visibilidad no sea ilusoria (nieve, neblina, humos, polvo, cenizas volcánicas, etc.) y por ello hacer de la misma un elemento complementario idóneo para la prevención vial. La cartelería debe imaginarse prioritariamente en función de la prevención-educación y no en la represión-recaudación. En este contexto al transitar por la ruta nacional 5 en la provincia de Buenos Aires, me encuentro ante un Cartel que para quienes circulan por la mencionada ruta dice “ceda el paso” y se ubica en la rotonda de Mercedes que se construyó hace pocos años. El ceda el paso debe ser para quienes están en la rotonda y provienen de la ciudad, es decir, aquellos que tienen voluntad de cruzar la ruta cinco o incorporarse a ella. Quienes ordenaron la colocación de ese cartel indicatorio, demuestran desconocer las normas de tránsito y carecen de sentido común, pero es un hecho objetivo y negativo. Cito este ejemplo aunque pueden contarse muchos otros. En la misma ruta subsiste una señal de cruce ferroviario muy visible y hace ya más de 10 años el tren no cruza por ese sitio y ni siquiera están las vías que otrora por allí estaban trazadas. Va de suyo que en muchos lugares del país-rutas y calles de ciudades- se leen carteles que indican “máxima 110 o 120 a máxima 60 o 40 km” en trechos cortos que naturalmente no posibilitan esa abrupta reducción en la velocidad del vehículo. Tampoco existe señalización adecuada que ilustre a quienes transitan para arribar a lugares con facilidad como podemos cotejar en otros países. El “GPS” se ha transformado en un elemento indispensable cuando no debería ser así, al menos en las rutas argentinas. Conocemos ciudades y en gran medida la de Buenos Aires, en las que ni siquiera existen carteles con el nombre de las calles o que carecen de la señal que indica el sentido de circulación o no está visible…!!!. Lo empírico parece inexistente para diversas autoridades o técnicos viales; lo contrario es pensar en recaudar legalmente o posibilitar otro tipo no legal de recaudación personal o “institucional”. La multa pierde peso como sanción, se requiere imaginación o penas accesorias a ella. Los legisladores deben sentarse con los jueces y los expertos para buscar alternativas más potables para los años presentes.

Motocicletas y bicicletas. Algo sobre peatones.

La conducción y transporte de terceros en estos vehículos, tienen también sus facetas altamente complejas, peligrosas y con un alto grado de rebeldía en el accionar -que también exhiben los peatones, en particular en las megalópolis- que compromete la seguridad de quienes los conducen así como ponen en riesgo a los seres transportados y a otras personas que circulan como peatones o en automóviles. La iracundia conductiva de motos, tiene como resultado un alto impacto estadístico en las muertes que engrosan las estadísticas de la inseguridad vial y que va en aumento por el incremento del parque que conforman motocicletas y rodados afines.

El responsable del manejo de motos, bicicletas y rodados que se asemejan a ellos, tienen obligaciones legales fuertes en razón de los riesgos que naturalmente poseen por el tipo de locomóvil que conducen. De allí que la obligatoriedad del casco tenga tanta incidencia para los rodados a que hace mención el subtítulo o afines (cuatriciclos, monopatines con motor, patines, etc.). En juicios por daños y perjuicios se ha ameritado al sentenciar si el conductor de la moto tenía colocado debidamente el casco y, en caso negativo, atempera o borra la responsabilidad de quien colisionó con él.

Desde la imposición legal de la utilización del casco, su utilización ha sido y es motivo de rebelión para utilizarlo. El rechazo de los usuarios es notorio y cuesta trabajo hacer comprender el beneficio de tal elemento de seguridad que evita muertes o atempera lesiones. Sí podemos apreciar que, en la ciudad de Buenos Aires la utilización del casco se ha ido imponiendo en un elevado porcentaje sobre todo en motocicletas y bastante menos en bicicletas, pero no así en la provincia de Buenos Aires y en la gran mayoría de los Estados argentinos y los municipios pese a la multiplicidad de hechos luctuosos. Campañas y sanciones circunstanciales han cedido a una realidad que se resiste a la utilización de casco.

Otra actitud conflictiva es la forma agresiva y alocada con la que conducen los motociclistas y ciclistas que sobrepasan a otros vehículos por lugares inapropiados o prohibidos, no anuncian sus movimientos por las señales respectivas ni respetan los semáforos, velocidades permitidas o sendas peatonales entre otras infracciones.

Aquí estamos frente a una notoria falta de continuidad de tareas de prevención, control y consecuente sanción. Parece observarse una fatiga de las autoridades frente a las inconductas. Los infractores ganan los combates frente a las autoridades que le ceden terreno. A veces la conducta de quienes verifican en la vía pública las comisiones de faltas, es deficiente o peor aún, es corrupta. Esto se advierte más en algunas localidades donde se realizan nocturnas picadas de motos en cercanías del centro de ellas. Esta puja constante la están ganando los transgresores y la está perdiendo la comunidad.

Los ciclistas como ya se expuso son remisos al casco, pero también a la utilización de luces mínimas y a utilizar bicisendas donde existen pues hemos observado en la ciudad de Buenos Aires que circulan por cualquier lado y considerándose “víctimas” a priori, trasgreden permanentemente todo. Esto incluye transitar por autopistas en las que está prohibida la circulación en bicicletas. También es preocupante y notorio que utilicen los teléfonos celulares cuando se encuentran conduciendo y los ciclistas por otra parte, lleven sus oídos cubiertos por audífonos y así escuchan música con alto volumen, pero no los sonidos de la calle, con los riesgos que ello implica y, por supuesto trasgrediendo normas jurídicas en vigor y el valor que deviene de la seguridad propia y de terceros. Los peatones tienen puntos en común con los ciclistas: cruzan por lugares indebidos y hablan por celular sin mirar vehículos que se aproximan, no observan con precaución si pueden o no trasponer la calzada o se adelantan al pavimento en las sendas peatonales cuando está transitando los vehículos a motor por tener señal de paso del semáforo. Peatones que caminan por banquinas de rutas al revés de lo que exigen las normas al respecto y el sentido común. No se advierte que se combata estos ilícitos en la vía pública y, por ello nadie llega a juzgamiento por tales conductas antijurídicas y de riesgo manifiesto.

La educación que no poseen quienes conducen los vehículos que este subtítulo trata, se verá en el título siguiente, solo agregaré aquí, que en faltas que se comprueben en ciclistas, motociclistas y afines, debería imponerse como pena accesoria siempre, la realización de un curso educativo vial con más aspectos que hagan a la sociología y nociones mínimas de derecho y urbanidad. Este recargo sancionatorio rendirá frutos con el tiempo.

EDUCACIÓN INSUFICIENTE E IMPERICIA ASCENDIENTE

En mi experiencia advierto que las leyes de tránsito se piensan

más para grandes ciudades que para las pequeñas. Poco y mal

para rutas o autopistas que es donde se producen más muertes,

Por educar en su conjunto se hace muy poco. De valores nada.

Es la educación en sus aspectos formal e informal donde debemos apuntar seriamente para que gradualmente pero con firmeza se modifiquen actitudes negativas de comportamiento de los diferentes actores del tráfico vehicular y peatonal y, para ello el papel clave está en sustentar eficazmente una verdadera política pública vial para conformar una sociedad más propensa a cumplir las normas de tránsito y apreciar los efectos negativos cuando no se cumplen. Mucho se ha escrito al respecto, mucho se expresa en trabajos especializados, pero en los hechos, no se advierte una incidencia fuerte para influir en lo referido al tratamiento del concepto de “infracción” en las currículas escolares en los niveles primario y secundario que preparen desde pequeños a los que serán ciudadanos activos ulteriormente. Algunos consideran erróneamente que lo vinculado al tránsito es algo menor y trivial; así nos va. (2)

Esa educación que propiciamos tiene por objetivo la toma de conciencia del conducir responsable y fundamentalmente, el respeto por el otro como idea fuerza que sustente también una mejor convivencia. Desde la escuela primaria deben tratarse tópicos como qué se entiende por infracción o falta en general y qué es una falta de tránsito, porqué existen penalidades para el caso que se produzca el hecho punible. El método deberá adecuarse a la edad del educando, pero este debe conocer el porqué de la necesidad de no cometerla. Deberán enseñarse los valores éticos y otros elementos que serán base de una más ordenada vía pública incluyendo la conducta correcta como peatón. En Suecia la atención de la seguridad vial a nivel educativo es de excelencia y un ejemplo a ameritarse para tomar como base,

Porqué no, también deberán aprenderse preceptos constitucionales que hagan al bienestar general y que tengan relación directa con la libertad de transporte de personas y cosas y, en ese encuadre, demostrar que los lamentablemente célebres piquetes (aunque otrora tuvieron eco loable en algunas manifestaciones sociales respetables) o cortes de rutas o calles como mecanismo de protesta colectiva, son decididamente procedimientos que tienen más aspectos negativos que positivos para la comunidad y que son más los valores que comprometen que los que hacen a sus objetivos corporativos y circunstanciales. Es un comportamiento agresivo que propende a una violencia que no es sencillo concluir cuando se va de madre. Todo obrar pasional y desarticulado engendra violencia nefasta como ocurre cuando en una suerte de puebladas se toman o destruyen comisarías o edificios municipales o se queman casas de posibles delincuentes. En este siglo XXI es inadmisible que lo anárquico reaparezca, pero vamos en camino si no hacemos algo desde las instituciones. La libre y racional circulación es un derecho innegable como lo es la protesta, pero ésta debe llegar hasta el derecho de los demás y no afectar esos derechos de terceros.

Otro tanto ocurre con la usual quema de neumáticos como mecanismo de protesta, que compromete la seguridad vial más allá de lo nocivo para el ambiente sano que protege la Constitución Nacional. Deben promoverse conductas acordes con la convivencia pacífica sin que ello excluya la protesta como forma democrática de hacer conocer demandas sociales o laborales. Pero tales protestas no deben alterar los derechos de quienes utilizan calles o caminos para llegar a su trabajo, a su escuela, al hospital, etc. La obstrucción de arterias de tránsito, cercena o anula otros derechos humanos y de raíz constitucional. Por esos procederes, otros pierden el beneficio salarial de la puntualidad o del presentismo o el derecho a la salud o el derecho de defensa en lo judicial por no cumplir en tiempo y forma con términos procesales o concurrencia a audiencias de prueba o un viaje por no arribar a tiempo a la partida. En síntesis, los reclamos de algunos no pueden vulnerar la libertad de los más!!

Hace poco tiempo, tuve la oportunidad de observar en televisión en un programa que promovía la seguridad en todos sus aspectos e incluyendo la vial, como se puede trasmitir anti educación en medio masivo tan importante. Una madre joven demuestra su “responsabilidad” enseñando el estado de los neumáticos, los paragolpes a la altura reglamentaria y otros aspectos. Luego hace ingresar al automóvil a sus dos hijos menores en el asiento trasero y les coloca los cinturones de seguridad, luego sube al rodado y se coloca su propio cinturón. Hasta aquí todo bien. Pero cuando comienza la marcha lentamente, saluda a los televidentes y se aprecia a su perro al que sostiene con la otra mano que también parece saludar….Este ejemplo negativo es lo que no debe exhibirse en ningún momento.

Un análisis profundo de la problemática del tránsito vehicular y las conductas de los conductores y peatones efectuado a nivel sociológico y el estudio de cada siniestro en particular, nos demostrará las falencias humanas que derivan de mala educación o aprehensión errónea de las pautas de vida que traen la consecuencia siniestral que pudo evitarse o atemperarse, incluyendo el desconocimiento de las leyes de tránsito que no solo se hicieron para quienes deben operarlas sino para quienes deben conocerlas y respetarlas.

También deberá ameritarse la viabilidad de modificar las edades de conducción para determinados tipos de vehículos e insistir en los estudios psicológicos previos a la emisión o renovación de licencias de conducir agregándose mayor tramitación traducida en cursos mas completos de tránsito, conocimientos generales que hacen a la convivencia y a las responsabilidades contravencionales, penales y civiles. El transporte de personas y en especial de niños, requiere considerar aspectos más complejos de la personalidad de quienes se postulan a conducir determinados automotores con los pasajeros que mencioné. Guste o no, los pocos o los muchos años, influyen en la práctica y consecuencias de la conducción. Parece un dato menor, pero, lamentablemente no lo es. El derecho a transitar es también un derecho no absoluto y subordinado a la reglamentación que emerge del poder de policía local y nacional, en razón de la materia, en ese orden. Esa legislación vial que es la consecuencia de ese poder, debe ser clara, precisa y actualizada con racionalidad periódicamente cuando las circunstancias las requieran. A ese fin, las organizaciones no gubernamentales especializadas y los jueces de Faltas y Secretarios, con más autoridades policiales, deben ser consultadas para el eventual dictado de normas de tránsito.

Sin perjuicio de lo expuesto, debemos asumir que algunas instituciones públicas y privadas y en ciertos establecimientos educativos, se van gradualmente instalando cursos, talleres, seminarios y voluntariados como ocurre con esto último en Neuquén, entre otros, eventos que promueven educación vial y esto debe valorarse. En esta corriente al menos, la Agencia Nacional de Seguridad Vial constituye un apoyo interesante aún cuando en otras faenas sea, a mi juicio, un ente sobredimensionado y con esferas competenciales discutibles.

Cuerpos de prevención y control

Los diferentes niveles de gobierno que conforman nuestra forma organizativa federal tienen sus propios cuerpos de control de tránsito dentro de los poderes ejecutivos respectivos y cumplen su tarea funcional básicamente en la vía pública, encargándose de corregir preventivamente posible faltas con señales oportunas o indicaciones a los conductores de vehículos motorizados o no así como cuidar que los peatones sean respetado y que estos a su vez también cumplan con sus deberes como tales. El otro rol significativo, es el labrado de actas de infracción cuando comprueban que se ha cometido un transgresión que tiene tipicidad legal y sanción consecuente.

El acta es el elemento documental que abre todo el andamiaje contravencional, promueve el obrar funcional en otras áreas y es el punto de partida hacia la posible penalidad que impondrá un Juez letrado cuya competencia se genera en un ordenamiento jurídico emanado del Poder Legislativo que puede coincidir con el que determina la sanción, pues esta puede ser de cualquier otro poder legisferante que delega en jueces de localidades el conocer y castigar conductas previamente comprendidas en Leyes nacionales o provinciales.

El acta labrada por autoridad idónea constituye un instrumento público de naturaleza administrativa por lo que no tiene identidad total con los “instrumentos públicos” legislados en el Código Civil. En este cuerpo legal, para desvirtuar su contenido, el instrumento público debe redargüirse de falsedad y en base a un procedimiento que el Código Civil encuadra. Por el contrario, el acta de comprobación puede desestimarse o comprometer su contenido por cualquier medio de prueba que evaluará el Juez al recibir la defensa y ulteriormente pronunciarse en el fallo correspondiente. Es a través de la regla de la sana crítica la que determinará el valor instrumental y el resto de los elementos aportados a la causa la que decidirá el caso concreto. La revisión de ese instrumento público administrativo, es jurisdiccional y recae en el Juez Municipal, pero además, juzgará la conducta antijurídica del encartado. El acta del policía o inspector presume de legitimidad y veracidad mientras no se la pueda conmover seria y fundadamente por parte del encartado y por el obrar del juzgador dentro del proceso. De allí la necesidad de que estos instrumentos deban ser debidamente confeccionados con los recaudos legales esenciales, pues también constituyen una suerte de declaración testimonial del labrante con las consecuencias que esta circunstancia puede traer aparejada en términos de responsabilidad personal del agente. La narrativa del o los hechos supuestamente punibles deben ser detallados, no es indispensable que se exprese la norma violada, pues esta es faena del juez y no del labrante. Estas circunstancias y la responsabilidad que deben ostentar quienes tienen el rol de verificar in situ las conductas objetables jurídicamente, nos lleva a afirmar que la calidad de estos cuadros funcionales debe tener calidad, entrenamiento idóneo y capacitación permanente. Ahora bien, dentro de lo que se conoce como la “policía municipal”, deben diferenciarse los que controlan y constatan faltas de comercio, industria, publicidad, obras públicas y privadas, de quienes desarrollan la actividad en tránsito. Lamentablemente, se observan algunas deficiencias en el obrar de los agentes de tránsito que no le hacen bien a la imagen de los municipios y, por ello, propiciamos una revisión estructural que pueda lograr mayor eficiencia en la faena pública descripta. Dotar de conocimientos actualizados y mejor infraestructura a los policías del tránsito, dará frutos a la gestión comunal y seguridad a las comunidades; todo lo que se invierta en tal sentido, será valorado por todos y hasta dará seguro rédito político. Para ello, no debe pretenderse como objetivo primero la recaudación: este es el error sustancial que se reitera y que es difícil de hacer comprender a ciertos políticos y burócratas, los ejemplos sobran…

Dirigir estos cuerpos de seguridad no es sencillo y el obrar debe ameritarse en base a la realidad contraventora de nosotros los argentinos. Con razón expresaba Carlos S. Nino: “La existencia en la sociedad argentina de una pronunciada tendencia general a la ilegalidad y a la anomia resulta bastante fácil de percibir…la imagen externa de una sociedad está dada por cómo se transita por sus calles y rutas…”(3)

Los Jueces Municipales como autoridad jurisdiccional local

El último eslabón de la escala imaginaria, lo constituyen los jueces de faltas municipales, no por jerarquía pues en esta graduación, son los que más poseen conocimiento profesional y responsabilidad funcional, sino porque la actuación del magistrado letrado se genera cuando no fueron suficientes o fueron deficientes la educación formal e informal y la prevención o corrección de las conductas antijurídicas que se traducen en faltas no contuvo a los sujetos que así, se convierten en presuntos infractores de tránsito y arriban a la etapa final que consiste en el juzgamiento y sentencia.

Es positivo que en los últimos años se haya incrementado el número de tribunales municipales y que también se aumentara el personal e infraestructura en muchos de ellos incluyendo nuevos edificios que valoramos en algunos casos, que jerarquizan la función de la institución. Paso ulterior será que se creen Cámaras de Apelaciones básicamente regionales cuando el número poblacional no indique que debe existir en un solo municipio como en Capital Federal o en la ciudad de Córdoba. Quizás se adolece de una mejor legislación en general, que impulse a los juzgados a un espacio de poder republicano que sólo excepcionalmente posee. No olvidemos que la especialización de los jueces y personal que tienen la jurisdicción que no solo se limita a infracciones de tránsito –posee otras conductas importantes dentro de su competencia jurisdiccional- , es clave para combatir el drama de la seguridad vial al menos en este paso final de la ecuación que, como expresé, comienza por la educación y continúa con la prevención que formalizan otros operadores. Esta Justicia necesaria creada para faltas de tránsito en su origen y ya con años, tiene en el juicio oral, rápido y sin ritualismos de otros fueros, la herramienta idónea para que las conductas antijurídicas sean sancionadas en un tiempo corto. Los fallos deben ser lo más pedagógicos posibles y buscar que sean divulgados por cuantos medios de comunicación se cuente. La convivencia en paz requiere una Justicia trasparente, sólida y capacitada para el área de contiendas en la que debe conocer por disposición de la ley.

Las diferentes Asociaciones existentes en el país que nuclean a Jueces y en algunos supuestos a Secretarios y la Federación que, por su parte, nuclea a todas ellas, están trabajando con gran empuje tanto en el mejoramiento de la institución, como en la capacitación de los cuadros jurisdiccionales y además, extienden su tarea de brindar conocimiento a inspectores, policías y otros funcionarios comunales y provinciales aumentando año a año el número de talleres y seminarios para capacitar más y mejor. Es interesante apreciar como se van integrando a los Encuentros, los concejales, miembros de los gabinetes, asesores y, en casi todos los Congresos se cuenta con la presencia y discurso de los Intendentes que, por otra parte, aportan recursos para los eventos. Expongo esta realidad porque la tónica no era esta y hablo de 10 años atrás cuando era excepcional un aporte como ahora se advierte.(4)

Bregar por consolidar a nivel municipal un tercer poder republicano independiente conteste con la letra y filosofía de los arts. 5, 75 inc. 30y 123 de la Constitución Nacional, es una meta más cercana para aquellos que hoy no lo posean. La autonomía no existe sin poder jurisdiccional que controle a los poderes políticos y que escuche a los imputados como lo establece la constitución y los tratados internacionales. El Pacto de San José de Costa Rica nos habla de Tribunales independientes y no de Tribunales del “Poder Judicial” como si se tratara de una corporación sectorizada. Los jueces como manifesté en trabajos anteriores, son del pueblo y no de un poder en especial. La designación del magistrado letrado por parte del Ejecutivo elegido por sufragio directo y el acuerdo que otorga el Poder deliberativo, también con origen en el sufragio popular, conforma al igual que en las esferas nacional y provincial, el trípode que garantiza el control de los poderes y el derecho-deber de los vecinos. Es por tal reflexión conteste con la democracia, la república y el federalismo, que no participo de la inconstitucional figura de los “Tribunales Administrativos de Tránsito” a cuyos “jueces” que no son tales, nombra el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires y que funcionalmente pertenecen al gobernador con el propósito explícito de recaudar sin importar la corrección del ilícito, que es un valor en el derecho contravencional y sin respetar la sustancia de este derecho que se basa en el Derecho Penal y en el Procesal Criminal y no en el administrativo aunque tenga cierta relación como la posee con otras ramas del derecho.

Al defender la Justicia como valor, estamos promoviendo a la Justicia como Poder y como servicio. La Justicia es de todos y para todos en el área que es pertinente. La seguridad vial y la autoridad política deben saber que, quien mejor conoce las personalidades de los inculpados, las irregularidades de los labrantes de actas, el estado de los caminos, el estado de los bolsillos ciudadanos y de la psicología social, es el Juez de Faltas y su personal de apoyo. La inmediatez y experiencia en el cargo, ameritan que se escuche a los magistrados cuando se promuevan nuevas normas de tránsito o importantes cambios estructurales. Observo que en algunos Encuentros importantes que realiza la Agencia Nacional de Seguridad Vial junto a exquisitas universidades privadas capitalinas, se invita a disertar a conocidos administrativistas teóricos innegables pero que no han trabajado en municipios ni han juzgado transgresiones de tránsito y entonces, falta lo empírico que es fundamental. En los jueces encontraremos siempre un pilar contra la impunidad, los organismos intermedios deben bregar para que ella no exista en la vía pública y que su operatividad sea efectiva para que los fallos sean más contundentes. La sociedad pretende seguridad integral y no más teoría, quiere circular correctamente y quiere saber que quien sale de viaje, llegue sano y salvo. En esto se resume la tan esperada seguridad vial que propugnamos.

Un párrafo final

Tuve oportunidad de leer una frase que me conmovió y que expresa “Argentina es un país que asombra al mundo por la insolvencia de sus estadísticas oficiales…”. Lamentablemente en materia de seguridad, inflación y muertes en siniestros viales, esa insolvencia o falta de verdad real es significativa. Una conocida ONG dedicada a la temática del tránsito y su presidente, declararon que se ha reducido el número de muertes en el último año(SIC). Lo dice en el mes que más muertes se contabilizan y hasta con un deceso en la clásica categoría “Turismo de carretera” producto de fallas organizativas, inadecuado circuito y vehemencia descomedida de algunos pilotos profesionales. También lo expresa en los días que se pretende en la Capital Federal retomar la veda de circulación para chapas-patentes pares e impares, política que fracasó hace décadas y que se está cuestionando en países que poseen ese dispositivo (es evidente que las ideas no se renuevan en nuestros funcionarios…). Por supuesto, la fuente de datos no está citada por quien eso declara y elogia a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, como si esa entidad estuviera por encima de gobiernos provinciales o municipales. Es que algunas organizaciones no gubernamentales, terminan siendo gubernamentales y, por ende, los datos que aportan no son exactos aunque sí, evidentemente políticos. A mi juicio, el tópico fatal de los siniestros, no puede manejarse con la trivialidad de meras estadísticas. Que sean diez muertos menos o más, no es un dato de alegría. Esta faena compleja de la seguridad es de índole humana y no se puede resumir en porcentuales sin fuente seria o con ella. Es cuestión de autocrítica y planificación efectiva y racional, con consultas cruzadas fundamentalmente con quienes conocen el tema y viven laboralmente en esa problemática y no en cifras caprichosas. Estimo que deben terminar de usarse ciertas muletillas reiteradas como subsumir todo en la velocidad, distancia de frenado, alcoholismo. Son muchas las infracciones que generan muertes o lesiones graves, y muchas las falencias estaduales en calles, rutas y autopistas-incluyo los cruces ferroviarios-, como para acotar todo a esas transgresiones. También son muchos quienes conducen con serias deficiencias psíquico-físicas y nadie hace nada por revertir este mal que es parte de una violencia visible. Aquí hay que prevenir y sancionar, mejorar lo malo que es mucho, comenzando con caminos, señales y visión de lo fáctico y todo ello con más y mejor educación. Esto es lo que anhelamos los argentinos.(5)

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*Doctor en Derecho y Ciencias Sociales-UBA-, Profesor Consulto-UBA-, ex Juez y Camarista de Faltas de la ciudad de Buenos Aires, publicista.

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He abordado este tema con sencillez premeditada en la terminología para que sea comprendido no solo por profesionales. También he formulado algunas críticas fuertes en razón de entender que no podemos seguir “barriendo bajo la alfombra” ciertas verdades que muchos piensan, pero callan por motivos diversos. La libertad de expresión es un derecho pero también un valor. Las coyunturas políticas son precisamente eso: coyunturas. La vida y la muerte es otra cosa; de allí que no podemos “comprar” todo lo que intentan vendernos.. Pido disculpas si a alguien ofenden mis reflexiones quien no las comparta, también tendrá derecho a las suyas.

(1) Aguinis, Marcos “Dos hemorragias que pueden frenarse” en La Nación-26 de octubre de 2011- Allí comparte la iniciativa proyectada hace años por Guillermo Laura la “ley Promitt” que propicia una geométrica ampliación de la red de autopistas a costo reducido entre otros aspectos y que propuesto luego como proyecto de ley nacional, duerme en los anaqueles del Congreso.

(2) Losa, Néstor Osvaldo “Seguridad Vial: Jurisdicción y Gobiernos locales”, Ediciones Jurídicas Cuyo, Mendoza, 2000. En el subtítulo “La educación y la ley” nos extendemos en las conductas informales negativas que inculcan antivalores a los menores por parte de sus propios padres. Pág. 26 y ss. También este libro se introduce en las sanciones que se decretan por parte de la Justicia Municipal y la compleja faena de los jueces locales que son los naturales en materia de faltas.

(3) Nino, Carlos S. “Un país al margen de la ley”, EMECE, Buenos Aires, 1992, pág. 25.

(4) Antes que quien esto escribe fuera Juez y Camarista(lo fui en 1984 hasta junio de 2001), en 1880 hubo un muy importante Congreso sobre Faltas y Justicia auspiciado y celebrado en la ciudad de Buenos Aires que tuvo una interesante publicación de los trabajos. Se cumplían 100 años de la Ley de Capitalización. Ya durante la democracia comenzó a propiciarse tímidamente, pero con interesantes panelistas, la organización de eventos específicos aunque vale recordar que no eran muchos los que se efectuaban sobre “Derecho Municipal”, el más importante fue en La Plata en 1984 en homenaje a Alberdi. En junio de 1985 se realizó en la Ciudad de Corrientes un Congreso Nacional de Jueces de Faltas que contó con la presencia de los Dres. Sagüés, Zaffaroni y Madueño como conferencistas. En esos 4 días que llevó el nutrido Congreso hice con suma modestia mi primera exposición como panelista-ponente. Pude apreciar que otras provincias tenían interesantes experiencias en Justicia local.

(5) En los años en que me desempeñé como Juez de Cámara en Buenos Aires, las ong llamaban o concurrían al Tribunal para solicitar datos. Entre ellos el número de muertos por accidentes. Se les contestaba que si existían muertos en siniestros, la causa estaba en sede Penal. La falta la absorbía al delito y si había heridos también. Es importante el accionar de todas las instituciones que aborden la educación y seguridad vial, pero más trascendente es que sean independientes y objetivas y que subordinen lo mediático pues es mucho lo que está en juego para que el drama termine o se atempere.

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